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El pleno del Tribunal Supremo confirma que los préstamos referenciados a un índice oficial no pueden ser abusivos

11 January 2018

La sentencia dictada por el Pleno de Tribunal Supremo el día 14 de diciembre de 2017 ha corregido el criterio de varias Audiencias Provinciales, que habían considerado que los préstamos referenciados a determinados tipos oficiales (en este caso, el IRPH –el tipo medio de los préstamos de vivienda concedidos por las entidades de crédito-) podían tener carácter abusivo en la medida en que el cliente no hubiera sido informado acerca del índice a aplicar. El Tribunal concluye que la cláusula que se remite a un tipo de interés oficial no es abusiva

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