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España crea la deuda ordinaria no preferente (Senior non preffered debt)

26 June 2017

  • Se ha creado en España la categoría de la "deuda ordinaria no preferente" (senior non-preferred debt).
     
  • En caso de concurso de entidades de crédito o empresas de servicios de inversión, los créditos ordinarios se clasificarán en créditos ordinarios preferentes y créditos ordinarios no preferentes, teniendo los no preferentes un rango inferior a los preferentes.
     
  • Un crédito ordinario solo podrá ser considerado como no preferente si reúne todas las condiciones previstas en el RDL 11/2017.
     
  • Se brinda reconocimiento legal expreso a la posibilidad de las entidades españolas de emitir instrumentos senior que cumplan con el requisito de subordinación.
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