Régimen de actuación de entidades de terceros paises bajo MiFID II / MiFIR
16 February 2017
Key issues
- MiFID II/MiFIR introduce cambios al régimen de actuación de entidades de terceros países en la UE
- Con el nuevo régimen, existen diferencias según el tipo de cliente al que se le preste el servicio
- En determinadas circunstancias, los Estados miembros podrán exigir la constitución de una sucursal
- La CNMV no se ha pronunciado sobre este tema aún
- Los modelos actuales puede verse afectados por el Brexit
- Las entidades deben considerar el nuevo régimen analizado en este artículo antes del 1 de enero de 2018 momento en el que entra en vigor MiFID II/MiFIR